Escudo de España



Consulado General de España en Bélgica

* Las informaciones recogidas en estas páginas tienen carácter de orientación general y no pueden ser invocadas en la relación con la Administración. Cualquier aclaración sobre aspectos específicos deberá solicitarse en las distintas oficinas de la Embajada de España en Bélgica.


PERMISOS DE CONDUCIR: RENOVACIÓN Y DUPLICADOS

(A) RENOVACIÓN DEL PERMISO DE CONDUCIR

1 - Obtener de un médico de la localidad de residencia un Certificado de aptitud física (para los permisos de categoría A y B) o psicofísica (para los permisos de categoría C, D y E). Este certificado, en el que figurará el domicilio en Bélgica del interesado, llevará adherida una fotografía tamaño carné del interesado, sobre la que el médico deberá firmar, así como al pie del certificado.

Si el certificado está extendido en español por un médico cuya firma esté depositada en el Consulado General es preciso legalizar la firma de dicho médico, pero si el certificado está redactado en idioma que no sea el español, deberá hacerse traducir el documento por un Traductor Jurado cuya firma esté depositada en el Consulado General. Una vez efectuada la traducción, el documento será legalizado en el Consulado General de España.
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ENLACES
Página Principal.
Ministerio de Asuntos Exteriores.
Consejo General de la Emigración.
Ministerio de Trabajo e Inmigración.
  Hispagenda.

2 - Cumplimentar el impreso de solicitud, que es facilitado en el Consulado General de España, con indicación del domicilio en España.

3 - El Consulado General de España remitirá a la Jefatura de Tráfico correspondiente la siguiente documentación: a) Certificado médico,

  1. Original del permiso de conducir antiguo,
  2. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del pasaporte del solicitante,
  3. Fotocopia de la tarjeta de residencia en Bélgica
  4. Dos fotografías tamaño carné,
  5. Importe de las tasas exigidas por la Dirección General de Tráfico (17,60 €). Estas tasas pueden abonarse por uno de los dos sistemas siguientes:
    • Cheque bancario conformado por un Banco español en Bélgica (con indicación al dorso del cheque del número de Documento Nacional de Identidad del solicitante),
    • Giro postal internacional (también con indicación del número de Documento Nacional de Identidad del solicitante)

La indicación del número de Documento Nacional de Identidad es indispensable para que la Jefatura de Tráfico pueda localizar posteriormente el pago de las tasas.

(B) OBTENCIÓN DE DUPLICADO POR PÉRDIDA, ROBO O DETERIORO:

Deberán presentarse los siguientes documentos:

  1. Impreso de solicitud (facilitado en el Consulado General de España) debidamente cumplimentado.
  2. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del pasaporte y fotocopia del permiso de residencia en Bélgica (o, en su caso, Carte d'Identité spéciale del Ministerio belga de Asuntos Exteriores),
  3. Dos fotografías de tamaño carné,
  4. Declaración de pérdida o robo hecha ante la Policía belga, o el carné deteriorado.

En caso de solicitud de duplicado por robo no se abonan las tasas indicadas anteriormente.

Marzo 2006


Hispagenda Por cortesía de Hispagenda. Resolución mínima recomendada 800 x 600.